Tal y como recoge una carta de AEJOMA, AMADER, ANDEMAR-Madrid, FEMARA-Madrid y OPEMARE dirigida al Consejero de Hacienda, Javier Lasquetty
AEJOMA, AMADER, ANDEMAR-Madrid, FEMARA-Madrid y OPEMARE han presentado una carta al Consejero de Hacienda de la Comunidad de Madrid, Javier Lasquetty, en la que solicitan que “se adopten con carácter urgente medidas normativas por las que se bonifique el 100% de la cuota fija de la tasa fiscal sobre el juego de las máquinas de tipo B, o se suspenda su devengo, durante los días transcurridos desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo hasta que transcurra un mes desde la finalización del estado de alarma aplicable a los establecimientos de hostelería y de juego y apuestas”.
Una petición que basan en “razones de seguridad jurídica, con las que se debe evitar la incertidumbre que padecen los empresarios, y de justicia tributaria”. No obstante, agradecen a la autonomía madrileña “sensibilidad” ante sus peticiones y, en especialmente, su “disposición a realizar una modificación normativa en el Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre en lo que afecta a la Tasa Fiscal sobre el juego de las máquinas de tipo B con el fin de aplicar el principio constitucional de justicia tributaria”, argumentando que no puede pretenderse cobrar un tributo sin que exista un rendimiento económico previo.
También señalan que debe de tenerse en cuenta, por una parte, que “la finalización del estado de alarma en los establecimientos de hostelería y de juegos y apuestas no supondrá la instalación inmediata, al día siguiente, de todas las máquinas de tipo B ya que razones logísticas de las empresas y de necesidades de los titulares de los establecimientos darán lugar a que las mismas no puedan explotarse en un plazo, promediado, de un mes desde que se alce el estado de alarma lo que determina que la bonificación de la cuota fija de la tasa extienda su vigencia durante un mes más, tecnica normativa utilizada también en la Disposición Final duodécima del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 marzo”. Y, por otra, ponen el énfasis en que “la aplicación del principio de justicia tributaria que obliga a la adopción de esta medida no puede estar condicionada a ningún condición o requisito”.
El escrito lo firman José Carrasco Jiménez, Presidente de la Asociación de Empresarios de Establecimientos de Juego y Ocio de madrid (AEJOMA); Javier Sanchidrián Martínez, Presidente de la Asociación Madrileña de Empresarios del Recreativo (AMADER); Juan González Peña, Presidente de la Asociación de Empresarios de Máquinas Recreativas (ANDEMAR MADRID); Isidoro Ayuso Martín, Presidente de la Asociación de Máquinas Recreativas de Madrid (FEMARA MADRID), y Francisco Pérez Redondo, Presidente de la Asociación Provincial de Madrid de Empresas Operadoras de Máquinas Recreativas y de Azar (OPEMARE).
Fuente: AZARPlus
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